| ASOCIACIÓN DE LA COLONIA COLOMBIANA EN FRANCIA Paris, octubre 11 del 2002 Dr. Respetado Doctor AREVALO PACHECO, Por el derecho de petición consagrado en la Constitución Nacional, nos permitimos dirigirle a Usted la siguiente consulta: Actualmente el gobierno francés
a dejado de expedir los Certificados de Nacionalidad Francesa para
los hijos de colombianos residenciados en Francia. Esta decisión
del gobierno francés tomada a partir de la modificación
del artículo 96 de la Constitución Colombiana, deja
sin una identidad propia estos niños. Nosotros los aquí abajo firmantes y la Asociación de la Colonia Colombiana en Francia, presentamos ante usted una consulta referente a la interpretación del artículo 96, parágrafo 1, alinea b de la Constitución Colombiana y los artículos 45, 46 y 47 del decreto 1260 de 1970 concerniente a la « obligación o el deber » de registrar ante el consulado correspondiente la persona nacida en el extranjero, en este caso ante el consulado general de Paris. Agradeciendo la atención dispensada a esta solicitud nos despedimos de usted. Amigos y compatriotas. Atentamente, Asociación de la Colonia Colombiana y firmas anexas. C .C. : |
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